Registro horario digital

El registro horario digital: Implicaciones y beneficios para empresas y trabajadores

En el 2014, el Estatuto de los Trabajadores ya plasmaba la obligatoriedad de realizar un registro diario y mensual de “las jornadas parciales”. Tres años después, el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ordena el registro de “las horas extras”. El siguiente paso lo dio el Congreso, al asegurar un registro diario de la hora de entrada y salida de cada trabajador. El Real Decreto-ley 8/2019 buscaba garantizar el cumplimiento de los derechos laborales, especialmente en lo relacionado con las horas extra y los descansos.  Ahora, con la llegada de una inminente ley que promoverá el uso del registro horario digital, se abre una nueva etapa enfocada en la eficiencia, la transparencia y el cumplimiento normativo. Todo hace pensar que para ayudar a la correcta adaptación a esta nueva normativa, el Ministerio dará a las empresas un plazo de seis meses para adaptar sus sistemas de registro de jornada al nuevo modelo digital. ¿Qué establece la normativa actual? Resumiendo un poco el RD, para cumplir con la ley, se requiere: Los datos identificativos de la empresa Presentar los datos del empleado Anotar diariamente, cada turno de los empleados de manera individual Detallar el inicio y la finalización de la jornada Cumplir con todas las normativas de tiempo máximo de trabajo, descansos y condiciones relacionadas que se dictaminan en el Estatuto de los Trabajadores y en los diferentes convenios colectivos. Debe ser fiable y que no pueda modificarse a posteriori  Mantener el registro en el centro de trabajo a disposición de los empleados, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo. Y, por último, guardar el registro durante al menos cuatro años. Se puede consultar una Guía del Registro de la Jornada, elaborada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, ya que presenta diversas peculiaridades según el tipo y la modalidad de trabajo. ¿Qué cambios trae la nueva ley de registro horario digital? La empresa mantendrá un registro diario de jornada, realizado por medios digitales, que garantice el cumplimiento efectivo de los requisitos previstos en este artículo y en su desarrollo reglamentario. (Artículo 34.1) La poca fiabilidad del uso del registro en papel, ha llevado al Ministerio de Trabajo a exigir que todas las empresas adopten herramientas digitales para registrar las jornadas laborales. Y con ello, se quiere “simplificar el control horario y mejorar la precisión y transparencia en el registro de las horas trabajadas”.Para ello, habrá que disponer de un software que permita el registro horario digital de las entradas y salidas, así como el almacenamiento de manera informática, de acceso múltiple. Ese acceso telemático permitirá a Inspección consultar los datos en directo y desde cualquier lugar de manera telemática. Tratando así de detectar posibles irregularidades y asegurar el cumplimiento de la reducción de la jornada laboral. Otra de las novedades que Yolanda Díaz viene persiguiendo. Ventajas de la aplicación del registro horario digital Cómo implementar un sistema digital de registro horario Implementar un sistema digital para el control horario no solo garantiza el cumplimiento normativo, sino que también mejora la gestión del tiempo y los procesos laborales. Pasos para la implementación: Tres software de registro horario digital Puntos fuertes: Ideal para: Empresas que buscan un sistema integral que combine control horario con otras funciones de gestión empresarial. Precio aproximado: El costo del módulo de registro horario de Odoo depende del plan que elijas y del número de usuarios. Existe un plan básico para una única aplicación, gratuito para usuarios ilimitados, ideal para empresas pequeñas que solo requieren el módulo de registro horario. Consulta precios pinchando aquí. Puntos fuertes: Ideal para: Especialmente útil para empresas de trabajo temporal (ETT), permitiendo completar partes de trabajo en línea y eliminar el uso de papel. Precio aproximado: Aunque no hay una tarifa estándar publicada, su modelo SaaS (Software como Servicio) implica pagos de periódicos. Se recomienda contactar con el proveedor para obtener una cotización personalizada dependiendo del tamaño de la empresa y los módulos requeridos. Conclusión En un entorno laboral en constante evolución, adelantarse a los cambios legales no solo es una obligación normativa, sino una oportunidad estratégica para las empresas. El registro horario digital no sólo asegura el cumplimiento de la ley, sino que también mejora la transparencia, eficiencia y gestión del tiempo, beneficiando tanto a empleados como a trabajadores. Desde Access Talento, entendemos que cada organización tiene necesidades únicas. Por ello, invitamos a las empresas a contactarnos no sólo para recibir asesoramiento personalizado sobre la adaptación tecnológica, sino también para cumplir con otra serie de obligaciones legislativas como los planes de igualdad o la diversidad e inclusión en el trabajo. Escríbenos y trabajemos juntos para aprovechar al máximo cualquier cambio.

Medidas laborales excepcionales por la DANA

Medidas laborales excepcionales por la DANA

El Real Decreto-ley 7/2024 introduce un segundo paquete de ayudas, incluidas unas medidas laborales excepcionales por la DANA en varias regiones de España, entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Las disposiciones incluyen: Asistencia inmediata: Ayudas directas para personas y empresas afectadas, priorizando la atención y el restablecimiento de servicios básicos. Reparación de infraestructuras: Fondos para reconstrucción de infraestructuras públicas y privadas. Medidas fiscales: Reducciones fiscales, ayudas para autónomos y suspensión temporal de cotizaciones sociales en zonas especialmente afectadas. Medidas laborales: facilidades para la suspensión temporal de empleo en zonas afectadas y medidas específicas para proteger el empleo en las áreas más impactadas. Medidas laborales excepcionales por la DANA a tener en cuenta El Título VI incluye un conjunto de medidas laborales excepcionales por la DANA «para la protección de las personas trabajadoras y de las empresas para sostener el empleo y hacer frente a las sobrecogedoras situaciones personales derivadas de los daños (…) en los municipios del Anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre» (arts. 41 a 49). Protección de la salud:  los efectos de la DANA se entenderán como riesgo grave e inminente (según el artículo 21.2 LPRL), por lo que permite a las personas trabajadoras interrumpir su actividad, abandonar el lugar de trabajo y no acudir al mismo (Art.41). Ausencias justificadas: Estos permisos son retribuidos y no recuperables, siempre y cuando sean por los siguientes motivos: (Art. 42): Imposibilidad de acceder al centro de trabajo (o de realizar la prestación laboral) Labores de traslado, limpieza o acondicionamiento del domicilio habitual, y de recuperación de enseres y otros efectos personales. Desaparición de familiares. Fallecimiento de familiares. Atención de deberes de cuidado. Del mismo modo, se contempla el derecho a: La adaptación de la jornada Una reducción especial de la jornada de trabajo. Trabajo a distancia obligatorio: En las empresas afectadas por la DANA “…el trabajo a distancia será la forma de organización del trabajo o de realización de la actividad laboral preferente frente a otras medidas organizativas o de ajuste…”. Suspensiones totales o parciales de la actividad laboral y reducciones de jornada por causas de fuerza mayor (Art. 44). Se considera fuerza mayor las suspensiones y reducciones de jornada y las pérdidas de actividad actividad indirecta originada por la DANA. Esta cuestión afecta para la justificación de un ERTE por estos motivos. Protección por desempleo en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar (Art. 45). Prohibición de despidos: Importante, no se puede despedir por causa de fuerza mayor ni por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción derivadas de la DANA. Se considerará el despido nulo. ¿Esto implica que no se pueda despedir por cualquier otro supuesto? La respuesta es No. Se puede despedir, siempre y cuando no sea por las razones anteriormente indicadas. (Art. 46). Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales. “La suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo y de interinidad, por las causas a las que se refiere el artículo 44, supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos contratos, como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido, en cada una de estas modalidades contractuales, respecto de las personas trabajadoras afectadas por estas” (Art. 47). Suspensión de contratos y ERTE por fuerza mayor: Facilidad para implementar ERTE en sectores afectados. Puntos del RDL 6/2024 a recordar Por otro lado, recalcamos algunas medidas laborales excepcionales por la DANA que introdujo el RDL 6/2024 el pasado 6 de noviembre:  Ampliación del plazo para solicitar bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social Las solicitudes de baja de los trabajadores por cuenta ajena que tengan lugar como consecuencia del cese de la actividad derivada de la situación de emergencia (con efectos comprendidos entre el día 28 de octubre de 2024 y el 28 de febrero de 2025), se podrán presentar dentro del plazo de los treinta días naturales siguientes al del cese en el trabajo.En cuanto a las variaciones de datos que provengan del siniestro (consecuencia del inicio o finalización de suspensiones o reducciones de jornada, así como las modificaciones de estas últimas, en la relación laboral como consecuencia de un ERTE de fuerza mayor), se podrán solicitar hasta el momento en el que se presente la última solicitud del cálculo de la liquidación de cuotas en la que deban surtir efectos en materia de cotización a la Seguridad Social. Consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los procesos de incapacidad temporal Los procesos de incapacidad temporal producidos en este ámbito, desde el 29 de octubre hasta el 30 de noviembre del mismo año, e iniciados como consecuencia de los siniestros tendrán (excepcionalmente) la consideración de situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente a efectos de la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social. No se requiere periodo mínimo de cotización. Inicio de la reconstrucción laboral El Título VI concluye con una medida destinada a trabajos de reconstrucción, mediante la cual el SEPE asignará 50 millones de euros entre los municipios afectados por la DANA, enumerados en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, del 5 de noviembre. Este fondo, distribuido en forma de subvenciones directas, financiará la contratación de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo. Se prevé que un próximo Real Decreto cubrirá los costes salariales de estos contratos en proyectos de interés general y social (art. 49).