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Registro horario digital

El registro horario digital: Implicaciones y beneficios para empresas y trabajadores

En el 2014, el Estatuto de los Trabajadores ya plasmaba la obligatoriedad de realizar un registro diario y mensual de “las jornadas parciales”. Tres años después, el Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ordena el registro de “las horas extras”. El siguiente paso lo dio el Congreso, al asegurar un registro diario de la hora de entrada y salida de cada trabajador. El Real Decreto-ley 8/2019 buscaba garantizar el cumplimiento de los derechos laborales, especialmente en lo relacionado con las horas extra y los descansos.  Ahora, con la llegada de una inminente ley que promoverá el uso del registro horario digital, se abre una nueva etapa enfocada en la eficiencia, la transparencia y el cumplimiento normativo. Todo hace pensar que para ayudar a la correcta adaptación a esta nueva normativa, el Ministerio dará a las empresas un plazo de seis meses para adaptar sus sistemas de registro de jornada al nuevo modelo digital. ¿Qué establece la normativa actual? Resumiendo un poco el RD, para cumplir con la ley, se requiere: Los datos identificativos de la empresa Presentar los datos del empleado Anotar diariamente, cada turno de los empleados de manera individual Detallar el inicio y la finalización de la jornada Cumplir con todas las normativas de tiempo máximo de trabajo, descansos y condiciones relacionadas que se dictaminan en el Estatuto de los Trabajadores y en los diferentes convenios colectivos. Debe ser fiable y que no pueda modificarse a posteriori  Mantener el registro en el centro de trabajo a disposición de los empleados, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo. Y, por último, guardar el registro durante al menos cuatro años. Se puede consultar una Guía del Registro de la Jornada, elaborada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, ya que presenta diversas peculiaridades según el tipo y la modalidad de trabajo. ¿Qué cambios trae la nueva ley de registro horario digital? La empresa mantendrá un registro diario de jornada, realizado por medios digitales, que garantice el cumplimiento efectivo de los requisitos previstos en este artículo y en su desarrollo reglamentario. (Artículo 34.1) La poca fiabilidad del uso del registro en papel, ha llevado al Ministerio de Trabajo a exigir que todas las empresas adopten herramientas digitales para registrar las jornadas laborales. Y con ello, se quiere “simplificar el control horario y mejorar la precisión y transparencia en el registro de las horas trabajadas”.Para ello, habrá que disponer de un software que permita el registro horario digital de las entradas y salidas, así como el almacenamiento de manera informática, de acceso múltiple. Ese acceso telemático permitirá a Inspección consultar los datos en directo y desde cualquier lugar de manera telemática. Tratando así de detectar posibles irregularidades y asegurar el cumplimiento de la reducción de la jornada laboral. Otra de las novedades que Yolanda Díaz viene persiguiendo. Ventajas de la aplicación del registro horario digital Cómo implementar un sistema digital de registro horario Implementar un sistema digital para el control horario no solo garantiza el cumplimiento normativo, sino que también mejora la gestión del tiempo y los procesos laborales. Pasos para la implementación: Tres software de registro horario digital Puntos fuertes: Ideal para: Empresas que buscan un sistema integral que combine control horario con otras funciones de gestión empresarial. Precio aproximado: El costo del módulo de registro horario de Odoo depende del plan que elijas y del número de usuarios. Existe un plan básico para una única aplicación, gratuito para usuarios ilimitados, ideal para empresas pequeñas que solo requieren el módulo de registro horario. Consulta precios pinchando aquí. Puntos fuertes: Ideal para: Especialmente útil para empresas de trabajo temporal (ETT), permitiendo completar partes de trabajo en línea y eliminar el uso de papel. Precio aproximado: Aunque no hay una tarifa estándar publicada, su modelo SaaS (Software como Servicio) implica pagos de periódicos. Se recomienda contactar con el proveedor para obtener una cotización personalizada dependiendo del tamaño de la empresa y los módulos requeridos. Conclusión En un entorno laboral en constante evolución, adelantarse a los cambios legales no solo es una obligación normativa, sino una oportunidad estratégica para las empresas. El registro horario digital no sólo asegura el cumplimiento de la ley, sino que también mejora la transparencia, eficiencia y gestión del tiempo, beneficiando tanto a empleados como a trabajadores. Desde Access Talento, entendemos que cada organización tiene necesidades únicas. Por ello, invitamos a las empresas a contactarnos no sólo para recibir asesoramiento personalizado sobre la adaptación tecnológica, sino también para cumplir con otra serie de obligaciones legislativas como los planes de igualdad o la diversidad e inclusión en el trabajo. Escríbenos y trabajemos juntos para aprovechar al máximo cualquier cambio.

nueva ley del empleo

Nueva Ley del Empleo: aspectos a tener en cuenta

El mes de marzo trajo consigo una Nueva Ley del Empleo. La Unión Europea concedió una serie de ayudas a España para que se activen medidas de reacción y renovación respecto de la pandemia por la Covid-19. El Gobierno puso en marcha el Plan estatal de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Y una de las medidas que incluía este Plan era la “modernización de políticas activas de empleo”. La primera acción fue la Reforma Laboral aprobada por el RD 3/201 y ahora, el 1 de este mes se publicó en el BOE la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. Esta nueva ley avanza que las posibles deficiencias que todavía existen en nuestro mercado laboral y el cambio tecnológico de los próximos años provoquen “que desaparezcan muchas ocupaciones, que surjan otras nuevas y que se transforme el resto”. Trabajar para aumentar la inserción laboral en mercados de trabajo inclusivos. Reducir las diferencias estructurales de género. O lograrla igualdad de oportunidades, es el único camino que permitirá resolver esas deficiencias. Y el primer paso es reformar las políticas activas de empleo. A continuación resaltamos algunos aspectos importantes de la Nueva Ley de Empleo: Mayor control por parte de la Inspección de Trabajo para los despidos colectivos En el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberá aparecer “la concurrencia de las causas especificadas por la empresa en la comunicación inicial”, además de certificar si la documentación presentada por esta “se ajusta a la exigida en función de la causa concreta alegada para despedir”. El Servicio Público de Empleo Estatal pasará a llamarse Agencia Española de Empleo Dicho organismo, que contará con una mayor autonomía, gestionará los programas de empleo de ámbito estatal, la coordinación de las políticas activas de empleo con las comunidades autónomas y las prestaciones por desempleo. Estará regulada por real decreto y se procederá a la aprobación de su Estatuto. Modernización del Portal Único de Empleo La Agencia Española de Empleo estimulará las acciones necesarias para lograr la “mejora de la coordinación y cooperación con plataformas de empleo y formación”. El objetivo es el de promocionar y modernizar el Portal Único de Empleo, para que sea un foro “de intercambio de información y colaboración eficaz entre todos los actores del mercado de trabajo”. Nueva conceptualización de las políticas activas de empleo Se garantiza a las personas usuarias de: Creación de un perfil individualizado y confeccionado en el “plazo más breve posible desde la solicitud del servicio de orientación profesional”. Atención personalizada y asesoramiento continuado, presencial y no presencial. Acuerdo de actividad entre el servicio público de empleo y la persona usuaria, y que contará con un plan formativo; opciones laborales y búsqueda activa de empleo. Formación en el trabajo. Asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento con garantías. Intermediación laboral eficiente. Establecimiento de un canal de recepción de los servicios presencial o digital alternativo. Acceso a trabajos en cualquier territorio del Estado en iguales condiciones. Búsqueda de la protección social precisa que permita el mantenimiento de un nivel de vida digno durante el proceso de búsqueda de ocupación. Expediente laboral personalizado único. Todos estos servicios se realizan mediante una Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo. Nuevos colectivos de atención prioritaria para el fomento de empleo Esta nueva ley indica colectivos prioritarios a las siguientes personas: jóvenes especialmente con baja cualificación; en desempleo de larga duración; con discapacidad; con capacidad intelectual límite; con trastornos del espectro autista; LGTBI, en particular trans; mayores de 45 años (intensificando la atención que reciban cuando tengan a cargo menores de 16 años o mayores dependientes); migrantes; beneficiarias de protección internacional y solicitantes de protección internacional en los términos establecidos en la normativa específica aplicable; víctimas de trata de seres humanos; mujeres con baja cualificación; mujeres víctimas de violencia de género; en situación de exclusión social; gitanas, o pertenecientes a otros grupos poblacionales étnicos o religiosos; trabajadoras provenientes de sectores en reestructuración; afectadas por drogodependencias y otras adicciones; víctimas del terrorismo; cuya guardia y tutela sea o haya sido asumida por las administraciones públicas; descendientes en primer grado de las mujeres víctimas de violencia de género; adultas con menores de 16 años o mayores dependientes a cargo, especialmente si constituyen familias monomarentales y monoparentales. Contratos vinculados a programas de activación para el empleo Los interesados deberán inscribirse en dichos programas, serán contratos que no podrán ser mayores de 12 meses y podrán ser realizados por las administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro. Inembargabilidad del Salario Mínimo Interprofesional En su cuantía tanto mensual como anual y cualquiera que sea el periodo de devengo. La nueva Ley del Empleo aclara que el límite de inembargabilidad en el mes en que se percibe, junto a la mensualidad ordinaria, una gratificación o paga extraordinaria, está constituido “por el doble del importe del SMI mensual”. Todo lo que sobrepase de esa cantidad, se le tendrá que aplicar la escala recogida en el artículo 607.2 de la LEC. Pero si en el salario mensual percibido se incluyera la parte proporcional de las pagas o gratificaciones extras, el límite de inembargabilidad será “el importe del SMI en cómputo anual (SMI mensual x 14) prorrateado entre 12 meses”. Y al exceso recibido se le aplicará la escala civil. Acceso y consolidación del empleo de las mujeres Esta disposición se ejecuta con el objetivo de “garantizar la igualdad real y efectiva en el acceso y consolidación del empleo de las mujeres, con carácter excepcional”, mientras la tasa de desempleo de este colectivo no se equipare a la tasa de desempleo total. Y subraya que para que no se declare la discriminación, las causas deben estar “justificadas, objetiva y razonablemente, por la concurrencia de una finalidad legítima y resultan adecuadas y necesarias para favorecer el acceso y la consolidación del empleo de las mujeres”. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social En el apartado 16.1, se modifica la letra ‘c’ que hace referencia a la búsqueda de empleo.